Derechos de los consumidores
Siempre que queremos satisfacer una necesidad, es importante saber cuales son todos los puntos importantes que protejan al consumidor, a su vez se crea una relación entre empresa y usuario donde le aporta mediante una comunicación bidireccional cuales son los derechos y libertades que posee tras adquirir cualquier bien. Es un principio que se recoge en la Constitución Española, concretamente es la Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

El artículo que se ampara a esta ley es el 51.1 que dice “establece que los poderes públicos garantizarán la defensa de las personas consumidoras y usuarias, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos”.
No obstante, para profundizar partiendo de un derecho que lo protege la carta magna de la democracia española, es conveniente saber cuales son las premisas que siguen a esta ley. A continuación, veremos algunas de ellas:
Derechos básicos como pueden ser la protección contra los riesgos que supongan un peligro para la salud, protección de los legítimos intereses económicos y sociales, debida indemnización por daños y perjuicios, información detallada sobre los bienes o servicios que se nos ofrecen, participación activa sobre la elaboración de una legislación que nos afecte como sujetos principales, protección de estos derechos mediante procedimientos definidos primordialmente por su eficacia en la respuesta.
Protección contra riesgos que depende principalmente de aquellos que ponen a la venta estos servicios, es decir, los establecimientos. Por ello, deben aportar un valor de seguridad que se presente en unas condiciones adecuadas y que no pongan en peligro la salud del usuario. Además, el Real Decreto 1801/2003 establece que los productos que vayan a ser comercializados deben ser seguros, que el fabricante se establezca dentro de la Unión Europea, deben de cumplir con cada uno de los requisitos sobre seguridad y actuar cuando se crea que se están incumpliendo a las autoridades pertinentes.
Vigilancia del mercado desde el ámbito nacional se trata de un procedimiento que tienen que llevar a cabo las Administraciones Públicas. Consiste en que todas las actividades que se produzcan de manera interna y externa cumplan con toda la legislación, de ahí la vigilancia. Estas medidas son elaboradas por las autoridades, que a su vez, se distribuyen por los Ministerios y tienen algunas competencias que dependen de cada comunidad autónoma.
Red de alertas de productos no alimenticios que va de la mano con la libre circulación de mercancías que gracias a ello se ha ampliado la oferta de bienes y servicios en los mercados nacionales, lo que también ha supuesto una mayor seguridad y control liderada por las administraciones. Sin embargo, se vuelve a insistir en la vigilancia del mercado con el fin de crear filtros que no permitan la entrada de productos que se encuentren en mal estado o inseguros, aquí entra en juego la Red de Alertas de Productos no Alimenticios.
¿Cómo podríamos detectar si un producto es inseguro?
Mediante la información recibida por parte de las autoridades que componen la red de vigilancia del mercado.- Mediante la notificación por parte de la alerta europea, compuesta principalmente por los estados miembros.
- Mediante comunicaciones por parte de la Comisión Europea
- Mediante la información que ofrecen los productores en cumplimiento del Artículo 6 del Real Decreto 1801/2003.
- Mediante la recepción de información que venga de denuncias o reclamaciones por parte de operadores económicos, asociaciones, los mismos consumidores, etc.
- Mediante la notificación de profesionales sanitarios que dispondrán de un sistema especializado en la comunicación de accidentes del producto, se trata de un sistema a nivel estatal.
Como podemos ver todo proceso de seguridad y vigilancia respecto a los bienes que adquirimos llevan un control exhaustivo que se adhiere a los derechos de los consumidores. Desde Ethikos & Compliance apostamos por el cumplimimiento firme de cada uno de los puntos que se enmarquen en la legislación vigente.
Hace nada conocimos la noticia de que el pasado 4 de marzo se confirmó una alerta de hepatitis B en fresas que procedían de Marruecos, al final los informes realizados por sanidad explican que esas fresas nunca llegaron a ponerse en venta en los mercados, indicando que el riesgo era menor.









